En días pasados, el 19 de junio y el 03 de julio, se llevó a cabo en el país la aplicación de la exención especial de impuesto sobre las ventas para enajenaciones al consumidor final, bajo las condiciones estipuladas en el decreto legislativo 682 del 21 de mayo de 2020; para los siguientes bienes:
- Complementos de vestuario
- Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones
- Elementos deportivos
- Juguetes y juegos
- Vestuario
- Útiles escolares
- Bienes e insumos para el sector agropecuario
En el artículo 6 del mismo decreto, se fijó como fecha límite el 31 de agosto de 2020, para que los contribuyentes del impuesto a las ventas le informen a la Dian la enajenación de estos bienes exentos.
En concordancia con lo anterior, la resolución 000064 del 18 de junio de 2020 prescribió el formato 2669 versión 1, a través del cual se debe reportar la información por medio del cargue de un archivo XML a los servicios informáticos de la Dian a más tardar el 31-08-2020.
Descargar prevalidador 2669 desde la página de la Dian aquí
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