No reportar dicha información, hacerlo de manera errónea o incompleta expone a los obligados a sanciones relativas al incumplimiento en la obligación de inscribirse en el RUT contempladas en el artículo 658-3 ET.
martes, 25 de abril de 2023
Plazo para reporte de Beneficiarios Finales (RUB)
Con la resolución 001240 del 28/09/2022, la Dian amplió el plazo para
el suministro de información en el Registro Único de Beneficiarios Finales RUB
por parte de las personas jurídicas, estructuras sin persona jurídica o
similares constituidas o creadas al 31/05/2023, en cuyo caso deberán realizar
el reporte a través de los servicios informáticos de la DIAN a más tardar el
próximo 31/07/2023. las personas jurídicas, estructuras sin persona jurídica o
similares constituidas o creadas a partir del 01/06/2023 deberán efectuar el
suministro de esta información a más tardar dentro de los dos (2) meses
siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Único Tributario RUT.
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